Residencia Pasiva en Andorra

Residencia Pasiva Andorra

La residencia pasiva en Andorra, también conocida como residencia sin actividad lucrativa, es una de las vías más atractivas para quienes desean instalarse en el Principado sin desarrollar una actividad laboral o profesional en el país. En Triple A, sabemos que esta opción es muy valorada por inversores, rentistas y familias con patrimonio internacional que priorizan la seguridad jurídica, la estabilidad y una alta calidad de vida. Además, en 2026 este régimen exige una lectura actualizada debido a la entrada en vigor de la Ley 2/2026 (Llei 2/2026).

¿A quién va dirigida?

La residencia pasiva está pensada para personas que quieren vivir en Andorra sin trabajar activamente en el mercado local. En la práctica, en Triple A asesoramos principalmente a inversores, pensionistas, familias que reciben ingresos del exterior o profesionales internacionales que no necesitan que su actividad principal se desarrolle físicamente en territorio andorrano. En definitiva, el elemento central es poder demostrar que se dispone de medios suficientes para mantener a la unidad familiar y cumplir con las obligaciones de inversión, residencia efectiva y documentación.

Los 7 Requisitos Fundamentales para 2026

Dadas las excepcionales ventajas que ofrece este permiso, el Gobierno exige cumplir una serie de condiciones destinadas a demostrar la solvencia económica y el arraigo. A continuación, desde Triple A detallamos los 7 puntos clave:

1. Inversión mínima en activos andorranos

El solicitante principal debe invertir al menos 1.000.000 € en activos andorranos (inmuebles, acciones de empresas, deuda pública, etc.). La inversión mínima se reduce a 400.000 € si se destina al Fondo de Vivienda (Fons d’Habitatge). Si la inversión se materializa en inmuebles, la ley obliga a destinar más de 800.000 € por unidad inmobiliaria adquirida.

2. Pago a la Autoridad Financiera Andorrana (AFA)

El solicitante principal debe realizar un pago definitivo de 50.000 €, más 12.000 € por cada dependiente. Estos importes son a fondo perdido a favor del Estado.

3. Compromiso de inversión y plazos

Si la inversión no se ha realizado al presentar la solicitud, deberá firmar un compromiso para hacerla efectiva en un plazo máximo de seis meses. En Triple A monitorizamos estos plazos para que su autorización no sea cancelada.

4. Estancia mínima en Andorra

Para mantener este estatus de forma segura, la persona autorizada debe establecer su residencia efectiva en el Principado un mínimo de 90 días por año natural.

5. Vivienda y cobertura sanitaria

Es obligatorio demostrar que dispone de una vivienda en Andorra y justificar disponer de un seguro médico y de salud privado con cobertura total en el país para toda la unidad familiar.

6. Solvencia económica

La ley exige probar ingresos anuales superiores al 300% del salario mínimo andorrano actual, sumando un 100% extra por cada dependiente. En Triple A le ayudamos a estructurar esta información financiera correctamente.

7. Documentación personal

Finalmente, necesitará aportar su pasaporte, certificado de antecedentes penales apostillado, documentación de estado civil y la documentación médica exigida.

Atención: Caducidad de los Activos Financieros

Debemos destacar un cambio técnico vital en la Ley 2/2026: ciertos instrumentos financieros de deuda andorranos solo computan durante un máximo de 36 meses. Una vez transcurrido ese período, en Triple A le asesoramos para redirigir esa inversión hacia otros activos admitidos.

Residencia Pasiva vs. Residencia Fiscal: No son lo mismo

La residencia pasiva es una autorización de inmigración. Sin embargo, la residencia fiscal depende de otros criterios (como pasar más de 183 días en el país o tener allí su centro de intereses económicos). En Triple A analizamos caso por caso con cada cliente.

Característica Residencia Pasiva (Sin actividad) Residencia Fiscal (Activa)
Público objetivo Inversores, rentistas, jubilados que viven de fondos externos. Personas que trabajan o desarrollan una actividad económica en Andorra.
Inversión obligatoria Sí (Mín. 1.000.000 € o 400.000 € en Fondo de Vivienda). No es un requisito basado en capital, sino en la actividad.
Permiso de trabajo Prohibido ejercer actividad laboral local. Sí, permite trabajar para una empresa o por cuenta propia.
Requisito de estancia Mínimo 90 días al año. Más de 183 días al año.

¿Listo para dar el paso hacia Andorra?

El nuevo marco de 2026 exige una precisión milimétrica. Por ello, en Triple A analizamos su caso de forma individualizada para estructurar su llegada desde una perspectiva migratoria, patrimonial y fiscal.

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