El pasado 15 de mayo de 2019 se publicó en el BOPA el Decreto del 08/05/2019 por el que se modifica el Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
El Reglamento que expone las obligaciones de facturación se aprobó en el año 2013 con el establecimiento de un sistema fiscal homologado equiparable a los de nuestro entorno. Dado que el sistema jurídico andorrano ha profundizado en el uso de los mecanismos electrónicos se hace necesario modificar este Reglamento para armonizar la utilización de las nuevas tecnologías y los documentos derivados del tráfico mercantil.
Esta modificación pretende regular el uso de la factura electrónica en el sector público y en el privado de Andorra. De esta forma, los empresarios que se quieran acoger a esta modalidad de facturación deberán cumplir los requisitos descritos en este reglamento.
Así pues, el objeto principal de esta modificación reglamentaria define los requisitos de la facturación electrónica, de la conservación por medios electrónicos, y de la expedición y entrega de facturas al cliente o a un tercero.
Cabe destacar, que la expedición de la factura electrónica es voluntaria, y que en todo caso está condicionada al hecho que su destinatario haya dado su consentimiento.
El nuevo Reglamento que regula las obligaciones de facturación se puede consultar en nuestra página web en:
NORMATIVA LEGISLATIVA / CONTABILIDAD Y DEPÓSITO DE CUENTAS
Conjuntamente con el resto de leyes, decretos y reglamentos fiscales anteriormente publicados.
O en el siguiente enlace:
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