Con fecha 20 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA) la Ley 18/2019, del 15 de febrero, del presupuesto para el ejercicio del 2019.
Esta Ley en la disposición adicional octava, modifica los apartados 2 y 3 del artículo 35 de la Ley 5/2014, del 24 de abril, del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en relación con las reducciones por cargas familiares.

Los principales cambios son los siguientes:
- Se modifica el límite de las rentas máximas que pueden percibir los descendientes y ascendientes para optar a la reducción por cargas familiares, fijándose en una renta anual del salario mínimo interprofesional.
- Se contempla un nuevo tipo de reducción por cargas familiares. Adicionalmente a las reducciones por cargas familiares de descendientes y ascendientes contempladas en la Ley 5/2014, del 24 de abril, del impuesto sobre la renta de las personas físicas, el obligado tributario puede optar a una nueva reducción por las personas dependientes del obligado tributario por razones de tutela o acogida que no perciban unas rentas anuales superiores al salario mínimo interprofesional.
- Se regula, a efectos de este impuesto, que se consideran personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. Se considerarán personas con discapacidad aquellas a quien se haya reconocido esta condición por la Comisión Nacional de Valoración (CONAVA). Por otro lado, la situación de dependencia de la gente mayor tiene que ser reconocida por la Comisión de Valoración Socio-sanitaria (COVASS).
Adicionalmente, cabe destacar, que se regula la colaboración de la Caja Andorrana de Seguridad Social (CASS) en la determinación de las rentas del trabajo. Por tanto, el Ministerio encargado de las finanzas podrá acceder a las rentas registradas en las declaraciones de las cotizaciones de la CASS, para determinar las rentas del trabajo.
El CDI Andorra Chipre se puede consultar en nuestra página web en:
Normativa legislativa/General
Conjuntamente con el resto de leyes, decretos y reglamentos fiscales anteriormente publicados.
O en el siguiente enlace:
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