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Introducción

Andorra ha realizado grandes esfuerzos en los últimos años de homogeneización fiscal con el resto de países europeos. Desde finales del año 2009 hasta la actualidad se han firmado más de 20 convenios de intercambio de información fiscal con países como España, Francia, Portugal, Alemania, Suiza, Noruega, Países Bajos, Finlandia, Islandia, Dinamarca, Groenlandia, Argentina, Liechtenstein, San Marino, Mónaco, Austria, Islas Feroe, Suecia, Polonia, Australia, Bélgica y República Checa.

Con estos acuerdos Andorra deja de ser considerada un paraíso fiscal y sale de la lista negra de la OCDE. Adicionalmente ha firmado convenios de doble imposición (CDI) con Francia, España, Portugal, Luxemburgo, Liechtenstein y los Emiratos Árabes Unidos.

¿Qué es la doble imposición internacional?

Se denomina doble imposición internacional cuando un mismo hecho imponible que afecta a una misma persona física o jurídica es grabado simultáneamente en dos países diferentes.

Las diferentes administraciones tributarias tratan de establecer medidas para evitar la doble imposición. Estas medidas pueden ser de tipo unilateral, que consisten básicamente en el establecimiento de deducciones para los casos de doble imposición, o bien medidas de tipo bilateral, donde encuadrarían los CDI.

¿Qué son los convenios de doble imposición?

Los convenios de doble imposición son tratados internacionales que tienen la finalidad de evitar los casos de doble imposición fiscal internacional mediante una serie de medidas que implican a los dos estados contratantes. Dichos convenios se aplican a las personas físicas y jurídicas residentes a cualquiera de los estados firmantes y en ellos se establece cuál de los dos estados tiene la competencia de grabar las rentas.

Ventajas de los convenios de doble imposición

  • Los CDI favorecen la competitividad de las empresas nacionales en el exterior, así como promueven las inversiones extranjeras.
  • Permiten eliminar de forma más completa la doble imposición internacional y dan mayor seguridad jurídica a las personas físicas y jurídicas a las cuales les es de aplicación.
  • Adicionalmente incluyen disposiciones para combatir el fraude fiscal internacional.

¿Qué convenios de doble imposición tiene actualmente Andorra?

En la actualidad hay seis convenios de doble imposición rubricados, de los cuales tres están en vigor. A continuación mostramos un detalle por  país:

PaísFecha de firmaEntrada en vigorFecha de aplicación
Francia02/04/201301/07/201501/01/2016
Luxemburgo02/06/201407/03/201601/01/2017
España08/01/201526/02/201626/02/2016
Emiratos Árabes Unidos28/07/2015 - -
Portugal 27/09/2015 - -
Liechtenstein 30/09/2015 - -

Por mayor detalle, podéis consultar los CDI que se encuentran en vigor en los siguientes enlaces:

05/11/2014 Conveni entre el Govern del Principat d’Andorra i el Govern de la República Francesa per evitar les dobles imposicions i prevenir l’evasió i el frau fiscals en matèria d’impostos sobre la renda (141.1 KiB)

23/12/2015 Conveni entre el Principat d’Andorra i el Gran Ducat de Luxemburg per evitar les dobles imposicions i prevenir l’evasió i el frau fiscals en matèria d’impostos sobre la renda i sobre el patrimoni. (223.6 KiB)

08/01/2015 Conveni entre el Principat d’Andorra i el Regne d’Espanya per evitar la doble imposició en matèria d’impostos sobre la renda i prevenir l’evasió fiscal (246.7 KiB)

¿A qué impuestos afectan los convenios de doble imposición?

Los impuestos a los cuales se aplican los CDI en Andorra son todos los impuestos de naturaleza directa sobre la renta:

  • el impuesto sobre sociedades
  • el impuesto sobre la renta de las personas físicas
  • el impuesto sobre la renta de los no-residentes fiscales
  • el impuesto sobre las plusvalías en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias

¿Es necesaria alguna acreditación?

Para obtener las ventajas previstas en determinados artículos de los CDI es necesario presentar un certificado de residencia fiscal del beneficiario de la renta emitido por la autoridad competente del Estado.

El Departamento de Tributos y de Fronteras de Andorra emite los siguientes certificados:

Modelo de certificado de residencia fiscal en Andorra (estándar)

Acredita la residencia fiscal en Andorra de las personas físicas o jurídicas, ante cualquier entidad o persona extranjera. Pensado para países con los que Andorra no tiene un convenio para evitar la doble imposición en vigor.

Modelo de certificado de residencia fiscal en Andorra (al amparo de un CDI)

Acredita la residencia fiscal en Andorra de personas físicas o jurídicas, exclusivamente ante entidades o personas de países con los cuales Andorra tiene un convenio para evitar la doble imposición en vigor.

Model 030 – ES de certificado de residencia fiscal en Andorra (al amparo del CDI entre Andorra y España)

Formulario destinado para ser utilizado por los residentes fiscales en Andorra que perciben ciertas rentas de capital mobiliario (dividendos, cánones o intereses) procedentes de España.