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Con fecha 20 de mayo de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA) un edicto mediante el cual se informa a los obligados tributarios del periodo voluntario de pago de la tasa sobre el Registro de Titulares de Actividades Económicas, de acuerdo con lo dispuesto al apartado 6 del artículo 70 de la Ley 21/2014, de 16 de octubre del 2014, de bases del ordenamiento tributario, según sigue:

“La Administración puede notificar colectivamente por edicto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Andorra las liquidaciones correspondientes a tributos de carácter repetitivo, a partir del segundo periodo. En el supuesto de que el obligado tributario haya domiciliado el pago del impuesto en una entidad financiera debidamente autorizada a operar en el Principado de Andorra, la notificación se considera efectuada con la presentación del recibo a la entidad bancaria.”

El periodo voluntario de pago de la mencionada tasa sobre el Registro de Titulares de Actividades Económicas del año 2015 finaliza el 18 de agosto del 2015. A partir del día siguiente del vencimiento del periodo voluntario, se inicia el periodo ejecutivo, de acuerdo con el que establece el artículo 103 de la Ley mencionada.

“El periodo ejecutivo se inicia:

  • En el caso de deudas liquidadas por la Administración tributaria, al día siguiente del vencimiento del plazo de pago voluntario.
  • En el caso de deuda que se tiene que ingresar mediante autoliquidación presentada sin realizar el ingreso, al día siguiente de la finalización del plazo establecido por la normativa de cada tributo o, si el plazo ha finalizado, al día siguiente de la presentación de la autoliquidación.”

Los obligados tributarios tienen que efectuar el pago de la deuda tributaria en:

  • las dependencias del Servicio de Trámites, edificio administrativo del Gobierno, calle Prat de la Creu, núm. 62-64, de Andorra la Vella o bien en
  • la Administración Tributaria, en la baixada del Molí, núm. 26, de Andorra la Vella.